Subvenciones a organizaciones sindicales

Dirigidas a financiar la formación, capacitación, apoyo y asesoramiento especializado para el ejercicio de las funciones de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de Igualdad

Datos generales

Centro Directivo: Instituto de las Mujeres, O.A

Categoría: Subvenciones

Plazo de presentación

Desde: 29 de agosto de 2022
Hasta: 9 de septiembre de 2022

Normativa aplicable

 Tamaño
Icono PDFLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 436 KB
Icono PDFOrden IGD/723/2022, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión por el Instituto de las Mujeres, O.A., de subvenciones públicas a organizaciones sindicales, dirigidas a financiar la formación, capacitación, apoyo y asesoramiento especializado necesarios para el ejercicio de las funciones de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de igualdad de ámbito estatal o supraautonómico 302 KB
Icono PDFExtracto de la Resolución de 24 de agosto de 2022 de la Directora del Instituto de las Mujeres, O.A. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones sindicales, dirigidas a financiar la formación, capacitación, apoyo y asesoramiento especializado necesarios para el ejercicio de las funciones de negociación, elaboración, implantación, seguimiento y evaluación de planes de igualdad de ámbito estatal o supraautonómico. 151 KB
Icono PDFResolución convocatoria 3256 KB
Icono PDFResolución de la Directora por la que se nombra la Comisión de Valoración 298 KB

Documentos a remitir cumplimentados

 Tamaño
Icono WordAnexo II. Memoria del Proyecto 51 KB
Icono WordAnexo III. Declaración responsable prohibiciones 24 KB
Icono WordAnexo IV. Declaración responsable reintegro 25 KB

Instrucciones del procedimiento

La resolución de esta solicitud se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiera dictado y notificado la resolución expresa, la solicitud se podrá entender desestimada (art. 25.5 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). 

Mecanismo de notificación

Los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regulan el régimen de las notificaciones de resoluciones y actos administrativos.

Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos para este Procedimiento Administrativo.