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Resumen del procedimiento

El distintivo “Igualdad en la Empresa” (DIE) se encuentra regulado por Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, modificado por Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo. Actualmente, la concesión del DIE tiene una vigencia inicial de cinco años. Cada prórroga tendrá una duración igual a la vigencia.


Según lo previsto en la normativa de aplicación, la entidad o empresa distinguida en materia de igualdad deberá presentar un informe de seguimiento intermedio que refleje las actuaciones implantadas y los efectos de las mismas en el marco de los planes de igualdad o de las medidas de igualdad cuya valoración justificó la concesión o prórroga del distintivo empresarial en materia de igualdad.


El plazo para entregar el informe de seguimiento intermedio terminará el último día hábil del mes de marzo, después de que hayan transcurrido dos años naturales desde la publicación de su concesión en el “Boletín Oficial del Estado” o desde la concesión de la prórroga del distintivo.

 

Empresas que deben presentar el informe

Listado de empresas que deben presentar el informe de seguimiento intermedio en 2026

Plantilla informe seguimiento 2010, 2012 y 2015

Plantilla del informe de seguimiento intermedio para las convocatorias 2010, 2012 y 2015

Plantilla informe seguimiento 2023

Plantilla del informe de seguimiento intermedio para la convocatorias 2023

Anexo datos informe seguimiento 2010, 2012 y 2015

Anexo datos del informe de seguimiento intermedio para las convocatorias 2010, 2012 y 2015

Anexo datos informe seguimiento 2023

Anexo datos del informe de seguimiento intermedio para la convocatoria 2023

Instrucciones para la remisión de los informes

Instrucciones para la remisión de los informes de seguimiento intermedio del DIE

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Registro Electrónico General

Acceso al Registro Electrónico General

  1. Elija el procedimiento a partir del menú superior, o del que aparece en el pie.
  2. Autenticarse tras pulsar sobre el botón ACCEDA que le conduce al acceso por Cl@ve.
  3. Tras autenticarse por alguno de los métodos de Cl@ve se le dará acceso a un formulario.
  4. Cumplimentar el formulario correspondiente.
  5. La aplicación les informará por correo electrónico del inicio de su procedimiento tras acabar el trámite.
  6. Tras acabar el trámite, la aplicación les puede proporcionar un justificante de registro y una copia (auténtica) de solicitud con un CSV (Código Seguro de Verificación).
  7. Posteriormente en el menú Mis expedientes podrá recuperar su solicitud, las comunicaciones, Requerimientos o Resolución, etc.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.

Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Igualdad que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.

 Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide

En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".

Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.

Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.

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